ORGANIZACION


ORGANIZACIÓN
 ASAMBLEA NACIONAL.
El máximo organismo deliberativo de la SYGA, es la  Asamblea Nacional, la cual se reunirá anualmente,  en fecha  y hora que decida el Consejo Nacional y lugar previamente elegido en la Asamblea Nacional anterior, y cuya convocatoria debe ser realizada con no menos de un (01) mes de anticipación y estará conformada de la siguiente manera:
Con voz y voto Los miembros del Consejo Nacional, Los miembros del  Consejo de Coordinadores, El Presidente y Vicepresidente de la Corte de Honor, Los Comisionados de Circuitos,Los Comisionados de Entidad,Los Jefes de Grupo, Un Delegado de Grupo
Con voz : Miembros Activos, Honorarios, Honoríficos  y Aspirantes
Para que exista quórum en la Asamblea Nacional es necesario que estén presentes al menos el 60% de los miembros que conforman la Asamblea, debiendo cumplir el Reglamento de Asamblea.

 La Asamblea Nacional de la SYGA, se regirá por  su normativa.



CONSEJO  NACIONAL

El Máximo organismo directivo de la Asociación de Scouts y Guías Adultos de Venezuela, es el Consejo Nacional que está conformado por:
Por un Presidente (Jefe Scout), Un Vicepresidente, Un Tesorero, Tres Consejeros, El Presidente de la  Corte de honor,  EL Representante legal y  Los Miembros Fundadores como aparecen en el acta constitutiva.

Consejo Nacional, podrá designar un Equipo de Coordinadores  Nacionales, que estará compuesto por los siguientes miembros:

a) Coordinador  Nacional  de Personal
b) Coordinador Nacional de Relaciones Interinstitucionales
c) Coordinador  Nacional  de Logística 
d) Coordinador  Nacional  de Capacitación y eventos internos
e) Coordinador  Nacional  de Operaciones
f) Coordinador   Nacional de  Finanzas y

Pudiendo crear el Consejo Nacional, los cargos que crea necesarios para el buen funcionamiento institucional.
El quórum  del  Consejo  Nacional lo conforman al menos el 60% de sus miembros.

Son funciones del Consejo  Nacional:
 a- Representar a la SYGA ante todos los organismos nacionales e  internacionales.
 b- Asignar funciones específicas a sus propios integrantes tanto electos por Asamblea Nacional como a los designados por ellos.
c-  Administrar los bienes de la Asociación a nivel Nacional.
d-  Implementar los objetivos,  programas, organización y expansión de la Asociación que deberán presentar en la Asamblea Nacional.

e- Crear nuevas áreas de trabajo cuando sean necesarias, fijando sus funciones y la persona que    dirigirá esa área.
f-  Proponer a la Asamblea Nacional un proyecto para crear nuevas  Regiones, como dividir las mismas, señalando claramente la  jurisdicción de las Entidades en concordancia con los planes de crecimiento de la Asociación y de acuerdo con el Comisionado de Expansión
g- Dictaminar los Reglamentos de funcionamiento y operativos de este P.O.R. y ponerlos en vigencia.
h- Convocar a la Asamblea Nacional de acuerdo a las disposiciones establecidas en el presente   P.O.R.
I-   Las demás que le atribuyan los reglamentos

El Consejo Nacional junto con los Coordinadores Nacionales, formaran el Grupo Nacional de Operaciones, que deberán reunirse  mensualmente o con la frecuencia que sea necesaria ante determinado evento.

COORDINADORES NACIONALES.

Es el organismo operativo de la SYGA y bajo la supervisión del Vicepresidente, tendrán funciones específicas  para que mediante un trabajo en equipo se logren los objetivos planteando en los estatutos de la asociación  y estará integrado por los siguientes cargos:

a) Coordinador  Nacional  de Personal
b) Coordinador Nacional de Relaciones Interinstitucionales
c) Coordinador  Nacional  de Logística 
d) Coordinador  Nacional  de Capacitación y eventos internos
e) Coordinador  Nacional  de Operaciones
f) Coordinador   Nacional de  Finanzas y
 g) Secretario    Nacional.
Pudiendo crear el Consejo Nacional, los cargos que crea necesarios para el buen funcionamiento institucional.
Las funciones específicas para cada Coordinador serán reguladas por normativa especial

CORTE DE HONOR NACIONAL.

La Corte de Honor Nacional de la Asociación de Scouts y Guías Adultos de Venezuela, es el máxima autoridad  que se encarga de velar por el cumplimiento de la normativa que regula la convivencia, reconocimientos, merito e instancias desisoria de sus miembros, preservando el orden y disciplina en todas las actividades de la SYGA, en todos los niveles  y ratifica los diferente cargos que componen la misma en los niveles competentes .
La Corte de Honor Nacional estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Asesor.
Las funciones y atribuciones de la Corte de Honor Nacional estarán determinadas en su reglamento de funcionamiento.

LOS CIRCUITOS.
            
La Asociación de Scouts y Guías Adultos de Venezuela para facilitar, el control y las comunicaciones con los miembros de los diferentes estados del país ha constituido Los Circuitos regionales, formados por Entidades, que dividen el territorio nacional en siete diferentes regiones.
Además el circuito ocho (08), formado con personas de diferentes características a la territorialidad.
Los circuitos establecidos por la SYGA son los siguientes:
Las Regiones que se establece son las siguientes:

Circuito numero 1: Estados Zulia, Trujillo y Falcón.
Circuito numero 2: Estados Mérida , Barinas, Táchira, y Apure
Circuito numero 3: Estados Lara, Yaracuy y  Portuguesa
Circuito numero 4: Estados Carabobo, Cojedes, Guárico y Aragua
Circuito numero 5: Distrito Capital, Estados Vargas y Miranda
Circuito numero 6: Estados Anzoátegui, Bolívar y Amazona
Circuito numero 7: Nueva Esparta, Sucre , Monagas y Delta Amacuro
Circuito numero 8: Internacional y Otros.
Los Circuitos se regirán  por la normativa por estas normas.


LAS ENTIDADES.

Las Entidades corresponderán a un área estratégica, que permita la atención y la coordinación de los grupos Scouts de determinada zona.
Formado por los jefe de Grupos, quien designan el Comisionado de Entidad y ratificados en Consejo Nacional para coordinar los diferentes grupos que funcionan dentro de la Entidad. Se regirán por reglamento  elaborado para las Entidades.
                                                                               GRUPOS:
Los Grupos  son las unidades que conforman la entidad, con autonomía funcional para los asuntos propios  y estarán formados  por guildas y dirigido por un jefe y subjefe de grupo. Se regirán por reglamento  elaborado para los Grupos.

          GUILDAS :
Es la unidad fundamental de la asociación y estará formada  por adultos, preferiblemente no  menor a 8 y dirigido por un jefe y subjefe de GUILDA. Se regirán por reglamento  elaborado para las Guildas

LOS MIEMBROS
La (SYGA), estará constituida por miembros activos, colaboradores y honorarios.
Serán miembros activos de la Asociación,  toda persona que manifiesten su voluntad a pertenecer a la misma, mayores de 35 años, que contribuyan directamente a la realización de los fines y objetivos de aquella y se mantengan solventes en el pago de las cuotas y contribuciones que, con base en los presentes Estatutos y según lo señale el reglamento que fije el Consejo Nacional.
Son miembros colaboradores todas las personas naturales o jurídicas, que presten colaboración económica, cultural o profesional a la Asociación cuando se hagan acreedores a ello a juicio del Consejo Nacional. 
Son  miembros  honorarios  las   personas  naturales   o jurídicas que se hagan merecedoras de tal distinción debido a sus relevantes méritos científicos, humanistas o tecnológicos y quienes, venezolanos o extranjeros, hayan hecho aportes de esa naturaleza para beneficio del país o de la humanidad.
No obstante lo expresado, el Consejo Nacional podrá crear otras categorías de miembros con la finalidad de fomentar el acercamiento y la solidaridad. 
 La condición de miembros de la SYGA se pierde por la presentación de la renuncia o por decisión de alguna de las instancias disciplinarias.

Serán deberes de los miembros:
a) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, así como los Reglamentos, Acuerdos y Resoluciones emanadas del Consejo Nacional.
b) Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias o extraordinarias a la que sea convocado por la Asociación o hacerse representar por escrito por otro miembro activo y solvente en el entendido de que éste no podrá ejercer la representación de más de dos personas a la vez.
c) Mantenerse solvente con los pagos que por concepto de cuotas mensuales o de contribuciones extraordinarias fije el Consejo Nacional. -
d) Mantener actualizado el Carnet de afiliado.
e) Colaborar activamente y por todos los medios lícitos, para que la Asociación dé cumplimiento a sus fines y objetivos.
f) Contribuir para que la Asociación mantenga en todo momento la altura ética requerida.
g) Velar activamente porque se cumplan y se respeten los principios fundamentales de la vida scout.
h) Mantener vínculos de amistad y disposición de colaboración eficaz para con las otras organizaciones con el mismo fin.

Son derechos de los miembros
ACTIVOS.
a) Gozar de todos los beneficios y mejoras que conquiste la asociación.
b) Elegir y ser elegido delegado  y tener derecho a voz y voto en deliberaciones y decisiones de la Asamblea, con la condición de estar solvente con las obligaciones pecuniarias como miembro.
c) Ser debidamente atendido por todos los miembros del Consejo Nacional en la solicitud e información o en la realización de gestiones comunitarias, previo agotamiento de los canales regulares.
d) Los demás derechos que le reconocen, según la constitución y las leyes venezolanas.

LOS MIEMBROS COLABORADORES
Podrán ser invitados a las reuniones y deliberaciones, a criterio del Consejo Nacional, cuando lo considere conveniente, los cuales tendrán derecho únicamente a voz.
Para demostrar su condición de colaborador,  tendrá derecho de portar su credencial scout, como prueba que esta debidamente registrado.
OTRAS MODALIDADES
Se podrá crear grupos virtuales en los diferentes  medios de comunicación y redes sociales.
Cualquier otro tipo de modalidad no prevista en estos estatutos, previa autorización del Consejo Nacional.